Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
La autoridad judicial recurrida informó que en el proceso seguido contra los actores, señaló audiencia de prosecución de juicio para el 22 de octubre de 2003 a horas 14:30, audiencia en la que el abogado demostró la inconcurrencia y no los imputados, quienes se hallan asistidos por dos abogados, en cuyo mérito se impuso a ambos profesionales una multa de Bs200.-, dejando sin efecto la impuesta con relación a uno de ellos al haber justificado su incomparecencia. A solicitud de los recurrentes y al haber purgado su rebeldía dejó sin efecto las medidas coercitivas como la de aprehensión.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- al estar debidamente notificados para la audiencia, debieron presentarse en sala a la hora y en el día señalados de manera inexcusable
- III.2.
- REVOCAR