Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1798/2003 - R
Fecha: 05-Dic-2003
II.3
II.3 Que, por cargo de 5 de octubre de 2002, el expediente pasó a despacho del Juez, con el papel valorado suficiente para dictar resolución (fs. 155 vta.); la Sentencia se emitió el “15 de marzo de 2002”, en la que se declaró improbada la demanda y probada la excepción de falta de fuerza ejecutiva (fs. 156-157 o fs. 150-151 del expediente original), lo que motivó al ejecutante a plantear recurso de apelación el 24 de octubre de 2002 (fs. 169-170).