SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1798/2003 - R
Fecha: 05-Dic-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior, declaró procedente el recurso y nulos el Auto de Vista de 6 de junio de 2003 y Auto de 26 del mismo mes y año, sin responsabilidad civil por ser excusable, con los fundamentos siguientes: a) que, con la facultad que le otorga el art. 196 CPC, el Juez de la causa enmendó la fecha de la sentencia; b) que, el Auto de vista y su complementario son inconsultos al no haber considerado la complementación y enmienda efectuada por el juez, c) que, se ha vulnerado el art. 236 CPC, por cuanto en la apelación no se menciona ninguna situación de posible nulidad por la fecha de la Sentencia; y d) que, los Autos impugnados causan al representado del recurrente indefensión, correspondiendo otorgar la protección por no existir otro recurso que pueda usar dentro del proceso ejecutivo.