SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1803/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1803/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

a)

Las recurridas presentaron informe escrito que cursa de fs. 105 a 106, el que fue leído en audiencia, donde alegaron: a) que, aplicaron en forma debida la norma prevista por el art. 406 CPP, porque constataron que el Juez de Sentencia usó incorrectamente la norma del art. 381 del mismo Código, puesto que el querellante justificó debidamente su ausencia y b) que, emitieron el Auto de Vista ahora cuestionado con plena jurisdicción y competencia conforme a la indicada norma prevista por el art. 406 CPP, por lo que al no haber violado derechos de los recurrentes, pidieron se declare improcedente el recurso con las condenaciones de ley.