SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1805/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1805/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Por razones empresariales mantienen cuentas bancarias conjuntas con Igor Karpovics Casanovas, por ser co-propietarios de diferentes cuentas bancarias como de inmuebles, pero como personas naturales cada uno de ellos mantiene su independencia y posibilidad de realizar actos jurídicos que convengan a sus intereses. Es así que tienen conocimiento de que Igor Karpovics celebró contratos con Mauricio Gonzáles  S., los que no comprometen ni incuben a la persona jurídica que conforman tampoco a ellas como personas naturales, sin embargo afectaron los intereses de la empresa “INTERGAS” Ltda., que inició acción ordinaria de nulidad de contratos dentro de la que dicha empresa solicitó una serie de medidas precautorias en las que están incluidas la retención de fondos bancarios, anotación preventiva de bienes inmuebles y muebles sujetos a registro y otras.

Añaden que si bien es evidente que en la referida causa no pueden intervenir  por no ser partes, no es menos cierto que el Juzgador ha excedido sus facultades al afectar sus derechos e intereses ordenando las medidas precautorias en forma indiscriminada  sin salvaguardar los derechos de terceros, pues de esa manera  ha retenido sus cuentas por ser Igor Karpovics co-titular de las mismas sucediendo lo mismo con los inmuebles  que se encuentran con anotaciones preventivas, hechos que les fueron comunicados por las entidades bancarias. De esta manera están siendo perjudicadas por las medidas impuestas en una acción civil en la que no son partes  y que han motivado que el capital que da movimiento a su expresa esté retenido imposibilitándoles desarrollen sus actividades con normalidad, restringiéndoles su derechos al trabajo y a la propiedad como los derechos de sus hijos menores, cuya rectificación debe ser inmediata. Por ello interponen el presente recurso contra el Juez Primero de Partido en lo Civil-Comercial quien dispuso las aludidas medidas que fueron ejecutadas en la ciudad de La Paz.