Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1827/2003-R
Fecha: 08-Dic-2003
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18. III, 120. 7ª CPE; 7. 8ª y arts. 89 y sgts. LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de fs. 17 a 19, pronunciada el 25 de octubre de 2003 por el Juez de Sentencia Tercero en lo Penal, de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- componente de activación de la presunción de minoridad
- III.2
- III. 3 En relación a la solicitud de exclusión del proceso y consiguiente orden de libertad del presunto infractor, que no fue resuelto por la recurrida no obstante el tiempo transcurrido, conforme se denuncia en la demanda de habeas corpus y que constituye el fondo del recurso,
- III. 4
- APROBAR