SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1827/2003-R
Fecha: 08-Dic-2003
III. 3 En relación a la solicitud de exclusión del proceso y consiguiente orden de libertad del presunto infractor, que no fue resuelto por la recurrida no obstante el tiempo transcurrido, conforme se denuncia en la demanda de habeas corpus y que constituye el fondo del recurso,
III. 3 En relación a la solicitud de exclusión del proceso y consiguiente orden de libertad del presunto infractor, que no fue resuelto por la recurrida no obstante el tiempo transcurrido, conforme se denuncia en la demanda de habeas corpus y que constituye el fondo del recurso, por disposición del art. 123 CPP las resoluciones tienen la forma de providencias, autos interlocutorios y sentencias, estableciéndose el objeto de cada una de ellas y, al mismo tiempo el art. 132 CPP establece los plazos dentro los cuales cada resolución tiene que emitirse, determinando veinticuatro horas para los decretos de mero trámite, cinco días para la resolución de incidentes desde el momento de contestada ella o vencido el plazo para responderlo y, en la misma audiencia las sentencias, autos interlocutorios y otras providencias que correspondan.
En el caso de autos la solicitud de exclusión de proceso y libertad de conformidad a lo anteriormente expuesto, corresponde resolverlo mediante auto interlocutorio y, el plazo fijado para ello es de cinco días después de contestada la actuación que lo motiva o vencido el plazo para ello, en ese entendido, aunque no es correcto, la jueza recurrida decretó “vista fiscal”, cuando en realidad correspondió indicar traslado, decreto que debió emitirse además dentro las veinticuatro horas, por ser dicho acto de mero trámite, extremo que no acontece, cuya decisión ha vulnerado el derecho a una justicia pronta y cumplida, pues no consta en el expediente de habeas corpus resolución al respecto, más aún si los plazos dentro el proceso por infracción social se reducen considerablemente en relación al procedimiento ordinario, con lo que se ha vulnerado también el principio de celeridad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- componente de activación de la presunción de minoridad
- III.2
- III. 3 En relación a la solicitud de exclusión del proceso y consiguiente orden de libertad del presunto infractor, que no fue resuelto por la recurrida no obstante el tiempo transcurrido, conforme se denuncia en la demanda de habeas corpus y que constituye el fondo del recurso,
- III. 4
- APROBAR