SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1838/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que dentro de un trámite administrativo respecto a un inmueble de su propiedad, en la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía Municipal de Tarija le exigieron que cancele una multa por clandestinidad en la construcción de su inmueble, que concluyó en 1980, por lo que interpuso excepción de prescripción, la misma que al no ser atendida, motivó que interponga recursos de revocatoria y jerárquico, habiéndose confirmado la inicial determinación, pero además se le quiere obligar a que presente un plano de subdivisión, cuando no tiene la intención de fraccionar ese su inmueble. Corresponde, en consecuencia, constatar en revisión, si el la solicitud de amparo, se ajusta o no a las normas aplicables al 19 CPE.