SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1862/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
procedente
La Resolución 587/2003 de 5 de noviembre de 2003 (fs. 22 a 24), en ausencia del Ministerio Público, declaró procedente el recurso, con costas, con los siguientes argumentos: 1) que existe coincidencia entre la hora de ingreso a la Unidad de Conciliación Ciudadana y la de la conducción, deduciendo de ello que no transcurrió ni un solo minuto entre el lugar de los hechos y la Av. Pando donde fueron conducidos, 2) que en la papeleta de detención no existe orden fiscal que haya ordenado la libertad, 3) que conforme prevé el art. 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se refiere a que la policía solo podrá aprehender a la persona que haya sido sorprendida en flagrancia por un hecho punible o en cumplimiento de mandamiento de aprehensión librado por Juez o Tribunal competente, orden fiscal o cuando se haya fugado estando legalmente detenido, situación en la que la policía tiene la obligación de poner en conocimiento de la fiscalía dentro del plazo de ocho horas, aspecto que no se constata, lo que hace viable el recurso interpuesto, 4) que el art. 9 CPE dice que “nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión sino en las formas establecidas por Ley requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento y que este emane de autoridad competente y sea por escrito”.