Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1901/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
II.3
II.3 El 30 de septiembre de 2003, el recurrente presentó memorial señalando haber cumplido con lo observado (fs. 59 a 61); a cuyo efecto, el Tribunal de amparo por Auto de 1 de octubre, rechazó el recurso interpuesto, argumentando que el recurso de amparo constitucional no es sustitutivo de otro derecho y, que no se habrían cumplido los requisitos previstos por el art. 97 LTC (fs. 62).