SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1905/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
II.2
II.2 Por diligencia de 30 de agosto de 1999, la ahora recurrente Amelia Massiel Oyola Ruiz fue citada en forma personal con la demanda y Auto Intimatorio (fs. 18); una vez citado el co-deudor José Andrés Poquiviqui Barroso, éste opuso en su defensa excepciones sobre impersonería y falta de fuerza ejecutiva (fs. 23 a 24), las que fueron resueltas por el Juez recurrido mediante Sentencia de 28 de mayo de 2001, declarando probada la demanda ejecutiva e improbadas las excepciones opuestas (fs. 41 a 42). Notificados los deudores entre ellos la ahora recurrente con la indicada sentencia (fs. 43 a 44), José Andrés Poquiviqui apeló de la misma (fs. 45 a 46); a cuyo efecto, se pronunció el Auto de Vista de 9 de abril de 2002, por el que la Sala Civil Segunda confirma la sentencia apelada (fs. 50).