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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1917/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1917/2003-R

    Fecha: 18-Dic-2003

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª CPE, 7.8) y 102.V LTC, con los fundamentos expuestos, resuelve APROBAR la Resolución de 5 de octubre de 2003, cursante de  fs. 59 a 61, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia en lo Penal de las Provincias Pantaleón Dalence y Poopó del Distrito Judicial de Oruro.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la recurrida
    • a)
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • “deben guardar relación con el hecho motivante del recurso, o lo que es lo mismo, la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron
    • III.2.
    • APROBAR

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