Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2003-R
Fecha: 18-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la propiedad privada y a la defensa, bajo el argumento que el juez demandado no concluyó las diligencias ni pronunció la respectiva resolución en el proceso voluntario de deslinde incoado de su parte y al contrario, en mérito a la oposición formulada por una persona ajena a la acción, declaró contencioso el trámite y le ordenó formalizar un proceso oral agrario. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.