SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2003-R
Fecha: 18-Dic-2003
improcedente
La Resolución de 8 de octubre de 2003, cursante de fs. 132 a 133, declaró improcedente el recurso, con los fundamentos que el Juez recurrido de acuerdo a la atribución establecida por el art. 39.3 Ley INRA, aplicó la tramitación dispuesta por los arts. 682 y ss. CPC en el proceso de mensura y deslinde iniciado por el actor; empero antes del verificativo de la audiencia, Martha Acevedo Vda. de Saucedo suscitó oposición, en cuyo mérito el juez demandado suspendió la audiencia y declaró contencioso el proceso, disponiendo que el demandante formalice demanda a los efectos de un proceso oral y contradictorio conforme el art. 79 Ley INRA, por lo que siendo el mismo juez agrario la autoridad llamada a tramitarlo, dio cumplimiento a la circular 001/2000 de 21 de junio de 2000 emitida por el Tribunal Agrario; sin haber incurrido en denegación de justicia, ni cometer las violaciones afirmadas por el recurrente.