Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2003- R
Fecha: 06-Feb-2003
II.2
II.2 Que el 29 de noviembre de 2002, se celebró la audiencia de medida cautelar en la que el Ministerio Público ratificó su solicitud con los mismos fundamentos expuestos en su imputación y por su parte la defensa refutó los mismos. Concluidos los alegatos, el recurrido dictó resolución disponiendo la detención preventiva del representado en aplicación de los arts. 233 al 236 CPP, exponiendo en su fundamentación los hechos que hacían inferir que el representado era con probabilidad el autor del hecho, el riesgo de fuga y su ánimo de obstaculizar la averiguación de la verdad (fs. 88-91).