Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2003- R
Fecha: 06-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que la recurrente denuncia la vulneración del derecho a la libertad de su representado, previsto en el art. 6-II CPE, con el argumento de que el recurrido sin que hubiesen concurrido los dos requisitos previstos en el art. 233 CPP, ha dispuesto su detención preventiva. Consiguientemente, corresponde verificar si tales extremos son ciertos y si constituyen lesión al citado derecho, a fin de conceder o negar la tutela solicitada.