SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0139/2003-R
Fecha: 06-Feb-2003
II.3
II.3 Por Resolución 212/2002 de 3 de julio de 2002, el Comandante General de la Policía Nacional aprobó el auto de 30 de octubre de 2001, emitido por el Tribunal Disciplinario Sumariante del Beni, y mediante Resolución 45/2002 de 1 de mayo de 2002, el Tribunal Disciplinario Superior sancionó con el retiro indefinido al recurrente por estar sometido a proceso penal en la justicia ordinaria (fs. 12), expidiendo el Memorando 2378 de 3 de julio de 2002 que comunica al recurrente haber sido sancionado con el retiro indefinido de la institución policial por estar sometido a proceso penal en la justicia ordinaria (fs. 11). El 24 de agosto de 2002, el Secretario de Cámara de la Sala Penal de la Corte Superior del Beni certifica que no existe registro respecto a denuncia, querella o acción por delito alguno en contra del recurrente (fs. 5).