SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2003-R

Fecha: 06-Feb-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

En la demanda presentada el 12 de noviembre de 2002 (fs. 8 a 10), la recurrente manifiesta que el 12 de enero del presente año, en el domicilio particular de Lucinda Valverde de Rojas, aproximadamente a horas 21:00 p.m., y en presencia de varias personas, Gualberto Salazar Camacho, hermano de su esposo, le propinó un fuerte golpe de puño en la cara, produciéndole una seria lesión, además de  proferirle insultos y amenazas de muerte, razón por la que, de acuerdo al Certificado del Médico Forense, que le otorga un impedimento de 5 días, sentó denuncia el 13 de enero, y el 23 de abril presentó querella por los delitos de  lesiones y amenazas contra el citado agresor.

Alega que el fiscal Víctor Hugo López admitió la querella e imputó formalmente a Gualberto Salazar la comisión del delito señalado en el  párrafo segundo del art. 271 del Código Penal (CP) y pidió al Juez Cautelar imponga medidas cautelares. En el curso de la investigación -expresa- prestaron sus declaraciones testificales las personas que presenciaron la agresión, sin embargo, el 10 de octubre el Fiscal emitió un requerimiento de sobreseimiento a favor del imputado, aduciendo que los hechos no habrían existido, que los testigos prestaron un falso testimonio, y que el certificado médico dice que el hecho se produjo el 12 de enero de 2001 y fue evacuado el 14 del mismo mes y año, lo que no coincide con las fechas sentadas en la denuncia.