SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2003-R
Fecha: 07-Feb-2003
Fragmento 6
Que sorteado el expediente el 25 de noviembre de 2002, a solicitud del Magistrado Relator en 7 de enero se amplia el plazo procesal del mismo en la mitad del término mediante Acuerdo Jurisdiccional 03/03, que después de un estudio más detallado del caso, el Magistrado Relator solicita la remisión del expediente original o fotocopias legalizadas del proceso ejecutivo sustanciado por el Banco de Santa Cruz SA contra la Empresa Constructora Asbún SRL, por lo que el plazo del expediente es suspendido mediante Auto Constitucional 011/2003-CA de 9 de enero; que mediante Decreto de 20 de enero de 2003 la Comisión de Admisión remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, reanudándose el plazo en la fecha, siendo el nuevo vencimiento del expediente el 7 de febrero de 2003, por lo que la presente sentencia es dictada dentro del plazo previsto por ley.