Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2003-R
Fecha: 07-Feb-2003
II.1
II.1 Mediante escritura pública de 26 de febrero de 1997, el Banco de Santa Cruz SA otorga una línea de crédito a favor de la Constructora Asbún S.R.L.,por un monto de hasta $US. 2.700.000.- en cuya cláusula quinta se detallan las garantías hipotecarias ofrecidas por dicha empresa, figurando entre ellas tres lotes de terreno de propiedad de la recurrente, pero además la garantía personal, solidaria e indivisible de la recurrente Elda Caballero de Asbún y otros. Consta que en dicho documento suscribió la recurrente como fiadora personal y garante (fs. 83 a 91).