SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2003-R
Fecha: 07-Feb-2003
III.1
III.1 Dentro del proceso ejecutivo antes indicado, se constata que la demanda estuvo dirigida contra la Empresa Constructora Asbún SRL sin que en ella se involucrara a la recurrente Elda Caballero de Asbún quien en consecuencia no tenía la calidad de demandada para que pueda ser considerada como parte del indicado proceso y estar dentro de alcances del art. 50 CPC de manera que los efectos de la sentencia puedan recaer sobre ella tal como prevé el art. 190 del citado procedimiento en cuyo texto se establece de forma clara que “la sentencia pondrá fin al litigio (...) recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubiesen sido demandadas (...) en ella se absolverá o condenará al demandado”.