SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2003-R
Fecha: 07-Feb-2003
II.2
II.2 El 8 de noviembre de 1998, se suscribe el contrato de fianza bancaria entre el Banco Santa Cruz SA y la Empresa Constructora Asbún respecto a la Fianza Bancaria otorgada a ésta para el Consorcio de Empresas Constructoras Asbún SRL y FPA por $US 82.800.- quedando garantizada la obligación con la presentación de una boleta bancaria, y en la cláusula décima, se señala que los deudores garantizan el cumplimiento de la obligación con todos sus bienes, y en especial la garantía personal de la línea de crédito 2000-7012-367601. Sin embargo, se aprecia que este documento está suscrito únicamente por el deudor y los representantes del Banco Santa Cruz SA, mas no así por ningún fiador (fs. 2-7).