SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0169/2003-R
Fecha: 14-Feb-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, con el fundamento de que el caso de autos no se encuentra en ninguna de las causas de improcedencia, pues se impugnan actos (retiro discrecional) y omisiones (inexistencia de proceso interno previo a retiro) en violación a la Ley del Funcionario Público y sus reglamentos, la Ley de Administración y Control Gubernamental y sus reglamentos; que esos actos son considerados ilegales y no existen recursos pendientes de resolución que pudiesen revisar, modificar, revocar o anularlos, estándose ante la lesión de derechos y garantías constitucionales como son el derecho al trabajo y al debido proceso, que deben ser reparados y restituidos de manera inmediata.