SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2003-R

Fecha: 17-Feb-2003

I.1. 1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 20 de noviembre de 2002 (fs. 13), el recurrente manifiesta que es propietario legítimo de dos lotes de terreno de 600 m2 en total, adquiridos a su anterior propietario Joaquín Olivera y ubicados en el Km 2 carretera Cobija Porvenir, Barrio Villa Tunari, cual acredita por testimonio 7/93 registrado en Derechos Reales (DDRR) el 20 de febrero de 1993, habiendo entrado en posesión judicial y pacífica de esos terrenos, los cuales se encontraban cercados, habiendo inclusive cancelado por la autorización de línea y nivel en el municipio el 5 de junio de 1998.

El 16 de noviembre, en su ausencia y sin su autorización, personeros de la Alcaldía ingresaron a su propiedad con un tractor y limpiaron el terreno sacando las estacas y el cerco, verificando a su retorno este avasallamiento, sin que exista un trámite de expropiación ni otro recurso para la protección inmediata de sus derechos.