Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
I.2.1. Ratificación del recurso
El actor ratificó íntegramente su recurso y acotó que el Director Técnico de la Alcaldía le indicó que abrieron una calle en los lotes de su propiedad por presión de los vecinos, pero si la Alcaldía pretende hacer una vía en sus terrenos tendrá que proceder previamente a su expropiación conforme a ley. Por último, expresó que tiene línea y nivel desde 1998, siendo inexplicable que en esa época no le dijeran que su terreno se encontraba en una calle y que no se podía hacer nada.