SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2003-R

Fecha: 17-Feb-2003

III.1.

III.1. Que, el inc. a) del art. 7 CPE consagra a la Seguridad como uno de los derechos fundamentales de las personas (entendida como exención de peligro o daño,  solidez, certeza plena, firme convicción), de lo que se extrae que es deber del Estado proveer seguridad jurídica a los ciudadanos asegurando a todos, el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales que le reconocen la Constitución y las Leyes; principios que se hallan inspirados en un orden jurídico superior y estable (Estado de Derecho), que satisfaga los anhelos de una vida en paz, libre de abusos.