SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
IMPROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución 61/2002, de 28 de noviembre, que corre a fojas 252-254, que declara IMPROCEDENTE el recurso, sin costas por ser excusable, con estos fundamentos: a) Rafael Martínez es considerado Juez Natural al haber sido designado conforme a Ley a efectos de realizar el proceso administrativo, b) la recurrente ha gozado de su derecho de defensa al haber recibido el expediente del sumario administrativo, c) los derechos a la honra y dignidad podrán ser ventilados en la jurisdicción penal ordinaria, d) los derechos al trabajo y a la seguridad social de la actora han sido respetados porque ésta recibió a su entera satisfacción la liquidación de sus beneficios sociales, y porque se viene desempeñando como abogada libre y e) desde la fecha de emisión de la Resolución pronunciada por el Alcalde Municipal de La Paz hasta la fecha de presentación del recurso han transcurrido casi seis meses, careciendo de inmediatez el Recurso.