Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
II.8.
II.8. Los Vocales recurridos, en Sala Plena, dictaron el Auto de Vista de 24 de junio de 2002 ahora impugnado, mediante el cual declararon incompetentes tanto al Juez de Sentencia Penal Nº 1 y al Juez de Ejecución Penal para “conocer, sustanciar y resolver la solicitud de “ejecución de sentencia” referida a la monetización y remate de la mercadería comisada definitivamente a favor del Estado, ...disponiendo que el demandante de la ejecución de sentencia, ejercite el trámite previsto en el ordenamiento legal en vigencia, respetando a cabalidad las competencias de las autoridades jurisdiccionales con relación al objeto de su solicitud” (sic) (fs. 152-155).
- Rafael Rubén Vergara Sandóval y Ramses Daniel Ibáñez Dipp en representación del Gerente Regional Oruro de la Aduana Nacional, Juan Pablo Jesús Ybarnegaray Ponce,
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- Angel Irusta Pérez, Darío Medina Coca, Ezequiel Colque Salazar, Alejandro Guerra Rocha, Ninoschka Liendo de Bayá, Juan Domingo Ferrufino Encinas, Elizabeth Arce Camacho y Teresa Severich de Alessandri
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.