SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2003-R

Fecha: 21-Feb-2003

III.2.

III.2.  En ese entendido es que el Juez Cautelar Nº1 de la Capital, Oruro, en uso de la facultad que le confiere el art. 54.3) CPP, conoció y resolvió el proceso abreviado por contrabando, y aplicando lo dispuesto en el art. 167.2º.a) LGA  (parte sustantiva), impuso a los procesados como sanción accesoria la privación de libertad, el comiso definitivo a favor del Estado del automóvil motivo del contrabando; por consiguiente, ese vehículo, a través de esta sentencia pasó a la propiedad exclusiva del Estado.