SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0231/2003-R
Fecha: 26-Feb-2003
improcedente
La Resolución de 21 de diciembre de 2002, cursante de fs. 426 a 428, pronunciada por la Jueza de Partido y de Sentencia de Montero, Distrito de Santa Cruz, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) los imputados fueron debidamente detenidos por efectivos del orden, en cumplimiento de los mandamientos de aprehensión con allanamiento de domicilio emitidos por el Juez Cautelar co-recurrido, previo análisis del requerimiento fiscal y al haber llenado todos los pasos procedimentales establecidos en el ordenamiento jurídico; 2) la detención preventiva y medidas sustitutivas impuestas por el Juez Cautelar son legales; 3) el hábeas corpus no es sustitutivo de otros recursos ordinarios.
- Patricio Vía López, Trifón Jaldín Vargas, Celia Reinales y Víctor Rivas Olivera
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- un mandamiento de allanamiento y requisa
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III.1
- judiciales
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.7
- 2º DECLARA PROCEDENTE