Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0239/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
II.2
II.2 Devuelto el expediente al juzgado de origen la autoridad judicial en suplencia del Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social por providencia de 26 de septiembre de 2002 dispone se ponga en conocimiento de las partes el fallo con el que se notifica al obligado mediante cédula el 15 de septiembre de 2002, fecha en la que se apersona y plantea oferta de pago, que es rechazada por la demandante quien solicita se libre el mandamiento de apremio respectivo.