SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2003-R

Fecha: 27-Feb-2003

I.1.1          Hechos que motivan el recurso

Que tramitó la construcción de una discoteca y vivienda en 1999, que se halla autorizada por el Gobierno Municipal de Oruro, según consta por la Resolución Municipal 058, homologada por la Resolución Concejal 061/99, que se refieren a la otorgación de línea y nivel y autorización de construcción respecto al inmueble ubicado en calle “6 de octubre” 5417.

Añade que una vez concluida la construcción, el 28 de diciembre de 2000 se apersonó a la Alcaldía Municipal a efectos de proceder a la inscripción del local discoteca y karaoke KEOP's, trámite que a la fecha no fue respondido  por las autoridades municipales recurridas, pero además de ello, la Intendente  Municipal procedió a la clausura del mencionado local, restringiendo el ingreso a su vivienda.

Refiere que el 5 de septiembre de 2001 presentó un memorial al Intendente Municipal solicitando informe sobre el estado de su trámite, el mismo que no mereció respuesta alguna; que, posteriormente, el 11 de marzo de 2002 acudió ante el Director de Ingresos Municipales en mérito a una convocatoria pública efectuada por dicha repartición para que los propietarios de locales que no cuenten con documentos al día regularicen su situación,  habiéndose remitido su memorial a la Unidad de Industria y Comercio,  de la que hasta la fecha no obtuvo ningún resultado; que, finalmente, el 3 de diciembre de 2002 presentó reclamo ante el Alcalde Municipal sobre el notable retraso en su trámite referido a la autorización para la apertura de un local comercial,  pero tampoco obtuvo respuesta, y por el contrario, la Intendente Municipal clausuró ese local el 9 de diciembre de 2002, lo que le impide incluso ingresar a su vivienda.