SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2003-R

Fecha: 28-Feb-2003

acusación

            Que, en el actual sistema procesal penal, en la etapa preparatoria, se inicia del juicio penal en el momento en que se notifica al encausado con la imputación formal (que equivaldría al viejo auto inicial de la instrucción), etapa que puede concluir con la acusación (que equivaldría al viejo auto de procesamiento) que realiza el fiscal ante el Juez o Tribunal de Sentencia, cuando la investigación proporciona fundamento para el juicio propiamente dicho o etapa del juicio oral y público, como establecen los arts. 301.1, 302, 323.1,  329 y 340 CPP.

            Que, en el caso que se examina, en vigencia del nuevo sistema procesal penal, se inició en contra del recurrente un proceso investigativo, habiendo el Fiscal presentado imputación formal en la etapa preparatoria, la misma que concluyó cuando dicha autoridad realizó la acusación formal (que, como se manifestó, se equipara a un auto de procesamiento). Sobre esa base se tramitó el juicio oral y público que concluyó cuando el  Tribunal de Sentencia de la Provincia Quillacollo pronunció en 08 de agosto de 2002, sentencia condenatoria a 5 años de prisión, por la comisión del delito de violación, la que ha sido confirmada por Auto de Vista de 19 de noviembre de 2002.