SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2003

Fecha: 10-Mar-2003

I.1.1.3

I.1.1.3 Aduce que el Ministro Carlos Rocha, pese a que desde el 13 de noviembre de 2002, por Acuerdo de Sala Plena, se fusionaron las dos Salas Sociales y Administrativas en una sola compuesta por tres Ministros, “haciendo caso omiso de la competencia de la referida Sala”, convocó a la Ministra Emilse Ardaya el 15 de noviembre de 2002, quien, “consciente de que existía una violación al ordenamiento jurídico”, devolvió el expediente, “y el Ministro Relator, pretendiendo corregir esta irregularidad, recién el 27 de noviembre de 2002, convocó al Ministro Dr. Freddy Reynolds Eguía”, que es el tercer miembro de la Sala Social y Administrativa. Esta última convocatoria fue efectuada a los ochenta y tres días de producido el sorteo, motivo por el que “la Sala carecía de jurisdicción y competencia” para realizarla, ya que, como lo ha declarado el Tribunal Constitucional en su SC 978/2000-R, sobre un acto nulo, nada puede constituirse.