Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2003-R
Fecha: 12-Mar-2003
II.5.
II.5. El 7 de diciembre de 2002, el esposo de la actora solicitó al Juez recurrido la cesación de su detención preventiva al amparo del art. 239.1) CPP, aduciendo que no había tenido participación en el hecho que se juzga, pues el día y la hora de los acontecimientos se encontraba pasando clases en la Universidad Privada “Domingo Savio”(fs. 624), en cuyo mérito, se señaló audiencia para el 20 del mismo mes y año para considerar la solicitud (fs. 625).