SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2003-R
Fecha: 14-Mar-2003
procedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución de 20 de enero de 2003, que corre a fojas 25-26, que declara procedente el recurso y ordena que la autoridad judicial demandada expida mandamiento de libertad a favor del representado de los recurrentes, con responsabilidad, con estos fundamentos: a) los primeros actos del proceso, como la declaración informativa, no se realizaron en sede judicial ni administrativa (policial), como dispone el art. 5 CPP, sino en sede militar, b) la responsabilidad penal es personal e individualísima, por lo que el Fiscal debió individualizar al imputado, c) carecen de eficacia probatoria los actos que vulneran derechos y garantías consagrados en la Constitución, d) la Jueza demandada se desenvolvió sobre actuaciones procesales viciadas y no cumplió con su calidad de controladora de derechos y garantías y e) se ha incurrido en indebido e ilegal procesamiento y detención de Félix Machaca Copageña.
- Henry Álvaro Pinto Dávalos y Joseph Willian Loney Rothmeyer, en representación sin mandato de Félix Wilder Machaca Copageña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal
- III.3.