SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2003-R

Fecha: 19-Mar-2003

2001

            Que, el representante del Sindicato de Trabajadores de Toyota Boliviana, plantea en contra de Cipriano Mullisaca y otros un interdicto de recobrar la posesión de unos lotes de terreno signados con los Nos. 306 y 308 de la Urbanización Villa Bolívar “F”, demanda que de manera simple y llana es admitida por el Juez de Instrucción Primero en lo Civil de El Alto, quien en definitiva en 07 de febrero de 2001, pronuncia Sentencia declarando probada la demanda y ordena se proceda a la restitución de los lotes de terreno (Sentencia confirmada en apelación, actualmente ejecutoriada).

            Que, de lo referido se tiene que la Unidad Educativa funciona en el lote que motivó la demanda interdicta de recobrar la posesión desde el año de 1994 y la  acción se plantea alrededor del año 2001, es decir cuando había transcurrido aproximadamente más de siete años de la supuesta desposesión. Además, que esa demanda se la dirige contra las personas que supuestamente habrían realizado el despojo, pero no así contra quienes en definitiva serían los supuestos beneficiarios de ese despojo, como son los miembros de la Unidad Educativa.