Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2003-R
Fecha: 19-Mar-2003
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución 66/2002, de 23 de diciembre, que corre a fojas 196-197, que declara improcedente el recurso, sin costas por ser excusable, con estos fundamentos: a) los recurrentes sostienen que la Alcaldía ha interpuesto un proceso de mejor derecho de propiedad contra quien pretende despojar del inmueble; no siendo el amparo, por su carácter subsidiario sustitutivo de recursos ordinarios y b) el juez se ha limitado a dar cumplimiento a fallos ejecutoriados.
- Luis Alanoca Ch., Aurora Villca Y. y Juana Fernández,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Colegio, el que viene funcionando oficialmente y de manera consecutiva a partir de 1994
- 2001
- supuestos beneficiarios del despojo
- III.2.