SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2003-R

Fecha: 19-Mar-2003

supuestos beneficiarios del despojo

            Que, los extremos referidos en el párrafo precedente, debieron en su oportunidad ser observados por el Juez que admitió y resolvió el interdicto. A su vez, el Juez de Instrucción Primero en lo Civil recurrido (que fue posesionado en ese cargo el 13 de agosto de 2002, informe de fs. 87), conoció la acción que motivó esta demanda cuando la sentencia se encontraba en estado de ejecución, en tal situación en 14 de noviembre de 2002 dispuso mandamiento de lanzamiento sobre el bien inmueble objeto de autos, sin que se hubiera notificado a los supuestos beneficiarios del despojo, ni al comienzo del proceso, ni cuando se iba a ejecutar el mandamiento de lanzamiento, cual era su obligación hacerlo.

            Que, consiguientemente, el Juez demandado no ha desarrollado el proceso con las garantías que el orden constitucional exige para quien vaya a ser afectado por la decisión del Juez, de ser oído y vencido en juicio legal. En la especie, a espaldas de los recurrentes, se ha realizado un interdicto después de más de siete años del supuesto despojo y se ha emitido un mandamiento de lanzamiento, sin haber notificado previamente a los ocupantes para que se pudieran oponer a la ejecución del despojo; por lo que es viable la protección demandada.