SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Que sorteado el expediente el 27 de enero de 2003, a solicitud del magistrado relator se amplía el plazo del mismo mediante Acuerdo Jurisdiccional 21/03 de 14 de febrero de 2003, posteriormente para formar convicción el Magistrado Relator requiere el envió del mandamiento de condena contra Julio Estanislao Marín Montoya, para lo cual se suspende el plazo mediante Auto Constitucional 105/2003-CA de 26 de febrero de 2003, la Comisión de Admisión mediante Decreto de 11 de marzo remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, reanudándose el plazo; nuevamente el Magistrado Relator para tener más elementos de convicción en el caso de autos solicita el expediente original del proceso, suspendiéndose el plazo el 11 de marzo de 2003 mediante Auto Constitucional 122/2003-CA, la Comisión de Admisión remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, mediante Decreto de 25 de marzo de 2003, reanudándose el plazo en la fecha y siendo el nuevo plazo para dictar sentencia el 26 de marzo de 2003, por lo que la presente sentencia se encuentra dentro del plazo previsto por ley.