SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
III.4
III.4 De lo anterior, resulta que el Juez ha incurrido en acto ilegal puesto que dio curso a la acusación del Ministerio Público en el plano de la acción privada y de la acción pública al mismo tiempo, siendo así que de los dos tipos de delitos producidos (de acción privada y de acción pública) emerge la intervención del Ministerio Público en el proceso respectivo que no se da en los delitos de acción privada, la que sólo puede ser intentada por la víctima (art. 18 CPP).
Sin considerar estas disposiciones legales, la autoridad recurrida sustanció el proceso penal contra el recurrente por los delitos de estafa que es de carácter público y el de apropiación indebida que es de acción privada, acciones que por su naturaleza no pueden ser ejercidas simultáneamente por el Ministerio Público, como ha sucedido en el presente caso, por ser incompatibles y excluyentes conforme resulta de la aplicación de los arts. 16 CPP (acción penal pública) y 18 CPP (acción privada), además de que los elementos constitutivos de tales delitos no permiten un proceso común ni asimilarlos al tipo de concurso real de delitos. En consecuencia el Juez recurrido al haber abierto su competencia para procesar ambas acciones al mismo tiempo, ha cometido acto ilegal que vulnera los derechos al debido proceso y a la defensa, consagrados por el art. 16.II) y IV) CPE.