Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
III.3
III.3 En el caso de autos se constata que la autoridad recurrida en su condición de representante del Ministerio Público, formuló acusación por el delito de apropiación indebida, que es de acción privada y por estafa, delito de acción pública, acusación sobre la cual la autoridad judicial -ahora recurrida- dispuso la apertura del juicio penal, oral y público.