Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que se ha violado su derecho a la defensa, a la norma civil adjetiva y no obstante de haberse formulado las observaciones respectivas oportunamente, el Juez recurrido libró el mandamiento de desapoderamiento señalando que libra el mismo contra los ocupantes, sin indicar de manera precisa nombre y apellido de los ocupantes pues son personas que están reconocidas por su existencia natural y legal .