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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2003-R

    Fecha: 26-Mar-2003

    2º

    Se llama severamente la atención al Juez de amparo por no haber remitido el expediente y la Resolución de 27 de septiembre de 2002 en revisión a conocimiento de este Tribunal en el plazo de 24 horas que establece el art. 19-IV CPE; sino cuando transcurrieron más de tres meses, como se evidencia en el cargo de recepción de este Tribunal de 16 de enero de 2003.

    • Jesus Díaz Brito
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • cuestiones de competencia, sólo podrán promoverse antes de haberse consentido la competencia
    • Fragmento 12
    • 2º

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