Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2003-CDP Sucre, 16 de abril de 2003
Fecha: 10-Abr-2003
I.1.
I.1. La SC 1365/2002-R de 11 de noviembre, revocó la resolución revisada y declaró procedente el recurso, disponiendo la nulidad de todo el proceso ordinario tramitado sin conocimiento de la entidad representada por el recurrente, condenando al pago de daños y perjuicios a todos los recurridos, los que serán calculados por la Corte de amparo, conforme al art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) (fs. 152-159).