SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 15 de enero de 2003 (fs. 13-14) y la ampliación de 17 del mismo mes y año (fs. 17-18), el recurrente expresa que sus representados trabajaron a contrato para la Prefectura del Departamento de La Paz hasta el 31 de diciembre de 2001 y que luego de muchos reclamos lograron que se les cancele el 50% de sus salarios. Asimismo, mediante la Resolución Prefectural 477 de 14 de noviembre de 2002, la Prefectura reconoció los montos adeudados a cada uno disponiendo el pago pertinente, el cual no se ha hecho efectivo por su personal, en desconocimiento de que todo salario debe ser pagado dentro de los quince días que señala la ley. Al no existir ninguna vía legal para hacer valer sus derechos, ya que sus mandantes no están comprendidos en la Ley General del Trabajo plantean el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- contra Mateo Laura Canqui, Prefecto del Departamento de La Paz y Pedro Terán Villanueva, Director Administrativo Financiero de la Prefectura,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL fallo
- III.1.
- III.2.
- Intereses por retraso en pagos
- APROBAR