Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
representante del Ministerio Público,
La representante del Ministerio Público, emite dictamen porque se declare improcedente el recurso, con el argumento de que se trata de un contrato de carácter civil que debe ser reclamado en la vía pertinente y en caso de existir hechos que tengan relación con figuras delictivas tiene expedita la vía jurisdiccional o a través de la Policía para hacer valer sus derechos.