Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0442/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
III.4.
III.4. Exclusivamente para que quede claro, conviene recordar que los Autos de Vista emitidos en procesos coactivos civiles, no son susceptibles del recurso de casación, conforme al art. 50 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF). En ejecución de sentencia tampoco se admite el aludido recurso, por lo que queda desvirtuada la afirmación de la Corte de amparo resumida en el numeral I.2.3.-3) de esta Sentencia.