SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0444/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 30 de enero de 2003 (fs. 26 y 27), los recurrentes aseveran que en el Juzgado a cargo de la recurrida se tramitó el proceso ejecutivo seguido por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo “La Primera”, en el que, luego de rematarse su inmueble, ubicado en Bajo San Isidro, calle Los Álamos 157, se dispuso “fuera de toda legalidad”, en 20 de junio de 2001, la entrega del bien a favor de los demandantes sin que exista el desapoderamiento que obliga el art. 45 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF).
El hecho -relatan- estuvo a cargo de la Jueza, de un funcionario del Juzgado y personeros de la Mutual demandante, que allanaron su domicilio, destrozaron muebles y los sacaron a la calle sin ninguna consideración y sin el presupuesto procesal que debió existir al efecto, pero con la aquiescencia de la Juzgadora que “insistió a tal situación delictiva”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3. De acuerdo al acta de 20 de junio de 2001 (fs. 40),
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 20 de junio de 2001,
- en especial la SC 1442/2002-
- III.2
- III.3
- APRUEBA