SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

1)

Los recurridos en el informe de fs. 112 a 114 y en audiencia señalan:  1) en el proceso de moción de censura estuvo presente un delegado de la Corte Departamental Electoral, y por otro lado si bien se realizaron sesiones fuera de las dependencias del Concejo Municipal, se debió a que el Alcalde hizo tapiar las puertas de ingreso al Concejo por lo que tuvieron que sesionar en un kiosco de la plaza para posteriormente ingresar a la Alcaldía por la Biblioteca y bajo protección de la Policía; 2)  en principio el Alcalde fue notificado en la persona del Oficial Mayor, error que luego se corrigió notificando personalmente al recurrente con el Decreto respectivo realizándose en 14 de enero de este año la sesión de censura, en la que intervinieron todos los Concejales y el delegado de la Corte Departamental Electoral, por lo que en la votación respectiva  4 concejales votaron a favor de la censura y por la designación de Román Orellana como nuevo Alcalde.